Julia Drullard es sometida por no entregar información

Julia Drullard

El Defensor del Pueblo, Pablo Ulloa, interpuso una acción penal contra Altagracia Julia Drullard, gobernadora de Santo Domingo, por violar los artículos 27 de la Ley 19-01 y 234 del Código Penal Dominicano, al negarse a cooperar y entregar los documentos e informes solicitados. La acción de Ulloa fue tomada en respuesta a la negativa de Drullard a cooperar y proporcionar documentos e informes solicitados.

Las acciones que se tomarán contra Julia Drullard

Según el artículo, Ulloa solicitó más información sobre las reclamaciones relativas a los retrasos injustificados en los “pagos económicos” y la “no entrega de la certificación laboral”.

Se indicó que la falta de voluntad de la gobernadora para responder a las solicitudes de información es a pesar de los numerosos pedidos realizados por el defensor del pueblo para que cumpla con el ideal de transparencia que rige la administración pública y que está señalado en el artículo 138 de la Constitución.

Julia Drullard

Si un empleado público se niega a cooperar con el Defensor del Pueblo o no proporciona los documentos o informes requeridos, el Defensor del Pueblo está obligado a informar al superior del empleado, así como al Ministerio Público, para que el empleado pueda ser procesado. Esta disposición se encuentra en el artículo 27 de la Ley No. 19-01.

Los abogados querellantes Harold Modesto, Roberto Quiroz y Enrique Pea son los que estarán representando al organismo constitucional.

El sometimiento no se produce por las desvinculaciones, sino por negarse deliberadamente a dar respuesta a las diversas solicitudes del Defensor del Pueblo en las que se le requiere informar sobre la situación de los ciudadanos desvinculados de la institución y que han presentado reclamaciones ante este órgano

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